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¿Puede una persona tener legalmente más de dos vínculos filiales, superando el modelo binario tradicional de filiación?

Familia y Sucesiones · familia - filiación

Criterio de la Corte Suprema

La filiación constituye el vínculo jurídico fundamental que une a padres y madres con sus hijos e hijas, determinando derechos y obligaciones recíprocas esenciales para la estructura familiar. Tradicionalmente, este instituto ha sido la piedra angular para la configuración de la identidad personal y familiar. Su regulación encuentra base en el Código Civil y, de manera crucial, en la Ley 21.430, que moderniza y amplía la comprensión de la identidad filial. El núcleo del debate actual radica en si una persona puede ostentar legalmente más de dos vínculos filiales, superando el modelo binario tradicional. Mientras una tesis sostiene que la filiación en Chile se estructura rígidamente sobre dos vínculos (padre/madre, dos padres o dos madres), otra postula que, a la luz del interés superior del niño y el derecho a la identidad consagrados en la Ley 21.430, es posible reconocer la pluralidad de vínculos. Esta última postura se ha visto reflejada en fallos recientes, como el del Juzgado de Familia de Osorno de 26 de agosto de 2024, que ha acogido la triple filiación al reconocer un vínculo biológico sin impugnar uno socioafectivo preexistente. La relevancia práctica y estratégica de este debate es innegable para el ejercicio profesional y la formación jurídica. Para el litigante, implica la necesidad de dominar nuevas estrategias procesales en reclamaciones de filiación y comprender las implicancias de estructuras familiares complejas. Para el estudiante de Derecho, representa un punto neurálgico para el examen de grado, exigiendo una profunda comprensión de la evolución del Derecho de Familia, la aplicación de principios constitucionales y la interpretación de la jurisprudencia más reciente.

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