La controversia radica en si el sistema legal chileno realmente excluyó o, por el contrario, dejó abiertas las puertas a la influencia del temor (incluyendo el temor reverencial) como vicio del consentimiento en la celebración de actos jurídicos, específicamente a la luz de la redacción del Artículo 1456 inciso final del Código Civil.
Obligaciones · Derecho Civil: Acto Jurídico
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